Carolina
Varela
Hace
poco con objeto de las elecciones europeas escuché al Señor Arias
Cañete decir que el problema de su partido era “que no somos los
mejores comunicadores de la clase”. Me pareció muy irónico que
los reyes de la “desinformación intencionada y dirigida” se
defiendan diciendo “no nos hacemos entender”. No es una
estrategia nueva, “Creedme hay armas de destrucción
masiva”.
Esto
me hizo recordar este artículo de La Voz de Galicia respecto a la
pérdida de la cobertura sanitaria de los no residentes de enero del
2014... En ese momento me indigné profundamente con las
declaraciones de un diputado del PP porque lo que dice en este
artículo falta a la verdad. Yo creo que no es que este señor no se
haya leído la ley o que no haya reparado en las modificaciones que
han hecho con tanta ligereza de tijera, creo que este señor
simplemente está desinformando a los españoles para generar
confusión, que parece la consigna de estos años de crisis,
confunde, divide y vencerás.
Me
ha costado porque no soy abogada ni tengo formación legal en
absoluto, me ha costado porque es una ley confusa para el no
entendido y la reforma que han hecho la convierte en algo todavía
más confuso. He pedido ayuda a expertos en la materia pero aun no me
ha llegado su contestación. Por eso he decidido escribir esto, que
es mi interpretación de la ley como salubrista y no pretende ser
otra cosa.
La
gran pregunta que me hicieron unos compañeros de fatigas en
referencia a este artículo publicado en La Voz de Galicia. fue la
siguiente: ¿Como español en el extranjero, con una beca de estudios
o un contrato (pre-o postdoctoral), si paso más de tres meses fuera
pierdo la asistencia sanitaria? Puede que esto afecte a poca gente
pero son merecedores de la asistencia sanitaria tanto como
cualquiera.
Cuando
intentaba contestar a esta legítima pregunta me molesté en leerme
el citado artículo y me indigné profundamente. Por lo tanto, aquí
mi respuesta con la ley en la mano.
Es
un gran jaleo porque nada queda claro. En principio las becas (o los
contratos pre o postdoctorales) no te hacen perder tu condición de
residente en tu país de origen. De hecho en los EEUU constas como
“inmigrante no residente”, por tanto sigues siendo residente en
España. Y te das de alta en el CERA o censo de españoles residentes
ausentes. En buena lógica no debería verse afectado por esta nueva
medida del gobierno. Igual que en EEUU en otros países no pierdes la
condición de residente, siempre y cuando vayas con una beca. Lo
mismo sucede con el turismo. De manera que en buena lógica no
perderías la condición de residente y por tanto no perderías la
cobertura. Pero es confuso. Y pensad que se cuida muy mucho en como
dice las cosas “ya que pueden solicitar la tarjeta sanitaria
europea (TSE) para recibir las prestaciones sanitarias
necesarias durante su estancia temporal en otro país de la Unión
Europea o, si lo prefieren, regresar a España para ser atendidos”.
Aunque se recomendaba la TSE si salías de España sin ella se te
atendía en cualquier centro europeo y por supuesto en España, ¿por
qué ahora es necesario? A quien sí afecta es a los que se van a
trabajar fuera porque antes no se exigía que residieran en España y
ahora sí, es decir que si te vas de inmigrante más de 90 días
pierdes esa cobertura, y cuando vuelves tienes que recuperarla, que
no es automático a no ser que renuncies a la residencia en otro
país.
Es
especialmente indignante porque yo he sido becaria en el extranjero
en Londres, en París y en California. En cualquiera de los casos
tuve que incluirme en el sistema sanitario de cada uno de estos
países y jamás eché mano de nuestro SNS ya que tenía cobertura
como cualquier trabajador/estudiante con visado en ese país.
Pero,
cuál ha sido el cambio hecho por esta gente. Es sutil, en 2003 se
definió los titulares de los derechos de cobertura sanitaria
intentando el universalismo de la cobertura, para corregir un defecto
se añade en 2012 el apartado incluyendo a los parados de larga
duración... pero sin la condición de residir en España
Ley
16/2003, de 28 de mayo
Artículo
3. Titulares de los derechos.
1.
Son titulares de los derechos a la protección de la salud y a la
atención sanitaria los siguientes:
a)
Todos los españoles y los extranjeros en el territorio
nacional en los términos previstos en el artículo 12 de la Ley
Orgánica 4/2000 (*).
b)
Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea que
tienen los derechos que resulten del derecho comunitario europeo y de
los tratados y convenios que se suscriban por el Estado español y
les sean de aplicación.
c)
Los nacionales de Estados no pertenecientes a la Unión Europea que
tienen los derechos que les reconozcan las leyes, los tratados y
convenios suscritos.
d)
Haber agotado la prestación o el subsidio por
desempleo u otras prestaciones de similar naturaleza, encontrarse en
situación de desempleo, no acreditar la condición de asegurado por
cualquier otro título (cambiado en 2012 Ley
2/2012, de 29 de junio) y
residir en España (cambiado en 2013).
En
España el Servicio de Salud evolucionó de ser un Servicio
dependiente de la Seguridad Social y costeado por los trabajadores
tipo Bismarckiano (un ejemplo es el sistema de seguridad social de
Alemania) y por tanto requería ser titular y cotizar en la seguridad
social para tener cobertura sanitaria. También por tanto existía
necesariamente la condición de beneficiario del titular para las
familias de los trabajadores que cotizaban. Sin embargo en 1984 pasó
a ser un Sistema Nacional de Salud tipo Beverige (cuyo mejor ejemplo
es el National Health Service del Reino Unido). Las bases de este
tipo de servicio de salud es su financiación mediante impuestos
generales no asociados a la seguridad social ni a la condición
de trabajador. Todos financiamos la salud de todos mediante los
impuestos, por ejemplo, de comprar un chicle o una barra de pan. De
esta manera, sigue financiándose nuestro SNS aunque hayan recuperado
de los anales del recuerdo la imagen del titular y beneficiario,
seguimos de momento siendo un SNS tipo Beverige. Y por tanto
financiado por impuestos por eso es demagógica la declaración de
este señor cuando dice que “se trata de poner un límite temporal
a la prestación sanitaria de la que hasta ahora gozaban «de por
vida» los parados de larga duración, sin vinculación con el
Servicio Público de Empleo, una vez que se marchaban de España”
Es que para percibir cobertura sanitaria no tendrías porque tener
esta vinculación. Claro al introducir nuevamente la idea de
titular colocan el SNS en una situación absurda, es decir un parado
de larga duración que se haya ido 90 días de España sigue, sin
embargo, financiando la sanidad cuando vuelve a España y va a
comprar el pan. Por tanto, si un español se marchaba pero seguía
siendo español seguía teniendo cobertura, no por su vinculación a
trabajar sino por el mero hecho de ser Español
Es
también demagógico el planteamiento siguiente que hace en el
artículo, y cito: “Por ejemplo, cuando un joven estudiante es
contratado por ejemplo en Alemania y el empresario le dice que
mantenga la cobertura española para no darle de
alta en su Seguridad Social. «Esto es una ilegalidad en la UE y lo
tiene que denunciar el trabajador español. No podemos dar cobertura
a ilegalidades, como a alguien que se marcha con su tarjeta sanitaria
europea pero para hacer un trabajo allí», ha advertido”
Primero, se les llena la boca de decir que estudiantes no se verán
afectados por esta medida, en qué quedamos, ¿se verán o no sin
cobertura sanitaria los estudiantes? Segundo si esto es ilegal,
que lo es, habrá que exigir como Estado y en defensa de sus
ciudadanos (bueno debería decir súbditos) que se cumpla la ley a
favor del explotado en este caso el estudiante español frente al
explotador el empresario alemán, no dejar todavía más
debilitada la posición del explotado sólo, sin apoyo, y sin seguro
médico. Además especifica que no puede darse cobertura a
ilegalidades, pero es que esta ilegalidad se realiza en otro país
con otras leyes y no tiene nada que ver con dar cobertura sanitaria a
un ciudadano español.
En
cuanto a la siguiente falacia que nos pretende colar este señor
volvemos a la historia del coco “los inmigrantes, esos malos que
vinieron a robarnos el trabajo y la cobertura sanitaria a los buenos
españoles”. Y es mentira, mentira, mentira. Vamos a ver, si
eres inmigrante durante un tiempo y pides la residencia esto es
temporal, y al cabo de un tiempo lo pierdes. Por tanto, no tienes
ni la nacionalidad, ni la residencia, ni vives en España luego en
que cabeza cabe que sigan teniendo cobertura sanitaria española, es
simplemente mentira. Y para que lo comprobéis, os remito al
Artículo 12 de la Ley Orgánica 4/2000,
que he copiado literalmente del BOE: Tienen Derecho a la
asistencia sanitaria.
1.
Los extranjeros que se encuentren en España inscritos en el
padrón del municipio en el que residan habitualmente, tienen derecho
a la asistencia sanitaria en las mismas condiciones que los
españoles.
2.
Los extranjeros que se encuentren en España tienen derecho a
la asistencia sanitaria pública de urgencia ante la contracción de
enfermedades graves o accidentes, cualquiera que sea su causa, y a la
continuidad de dicha atención hasta la situación de alta médica.
3.
Los extranjeros menores de dieciocho años que se encuentren en
España tienen derecho a la asistencia sanitaria en las mismas
condiciones que los españoles.
4.
Las extranjeras embarazadas que se encuentren en España
tendrán derecho a la asistencia sanitaria durante el embarazo, parto
y postparto
Si
os dais cuenta todos los extranjeros están supeditados a “que se
encuentren en España”.
Lo
que es verdad es que en España finalmente se había logrado la
cobertura universal en 2011, es decir por el mero hecho de
estar en suelo español, aunque no tuvieses la residencia, ni la
nacionalidad, tenías derecho a ser atendido. Bastante humano creo
yo, y luego se les llena la boca de hablar de que hay que enseñar
Religión Católica en las Escuelas Públicas. Pues señores, la
última vez que estuve en misa me hablaron de la caridad cristiana
con los pobres y desfavorecidos. Hace mucho, mucho tiempo que el
concepto de caridad frente al de justicia social me disgusta,
pero dejar a los pobres y desfavorecidos sin nada no es, fijaos ni
siquiera cristiano. Y lo más sencillo y a la vez demagógico es
pensar que puñetas, un inmigrante ilegal tiene el mismo derecho que
yo, pero no olvidemos que esos inmigrantes ilegales en España al
compara cualquier cosa en España ya están financiando la sanidad
pública española con cada cosa que compran o con cada impuesto del
tipo que sea que pagan... Pero esto no implica que cuando
saliera de España siguiese gozando de cobertura sanitaria española.
Son
tantas las tergiversaciones, las mentiras, los enredos que se nos han
dicho que acabaremos creyendo que este contubernio de necedades son
ciertas. Nos convencerán que el problema de este país es el Sistema
Nacional de Sanidad, o la educación pública, o los beneficios
sociales... y no los ladrones, la falta de ética, miseria moral que
nos rodea. Ya los buitres aletean en círculo, anunciando pólizas de
seguro fantásticas que nos harán ser más felices, tener casa en la
playa, los dientes blancos y el pelo rubio.
LA
SANIDAD SE DEFIENDE, NO SE VENDE.